Desde mayo de 2019, con la entrada en vigor del Real Decreto-ley 8/2019, todas las empresas en España —sin importar su tamaño o sector— están legalmente obligadas a llevar un registro diario de la jornada de cada persona trabajadora. Este registro debe reflejar, como mínimo, la hora de inicio y la hora de finalización de la jornada, y debe conservarse durante al menos cuatro años, estando disponible para la Inspección de Trabajo, los empleados o sus representantes.
El objetivo de esta medida es garantizar el cumplimiento de la jornada laboral, controlar las horas extraordinarias y proteger los derechos de las personas trabajadoras.
⚠️ No disponer de un registro adecuado puede suponer sanciones por parte de la Inspección de Trabajo.
Solución desde Trabiss Consultors
Desde Trabiss Consultors, para dar apoyo a nuestros clientes en el cumplimiento de esta obligación, disponemos del Portal del Empleado A3HRgo, una herramienta sencilla y accesible donde cada trabajador puede fichar su entrada y salida, consultar su jornada y gestionar su registro horario de forma digital, tanto en oficina como en teletrabajo.