En los últimos años, la jurisprudencia viene reforzando la necesidad de que las empresas cumplan estrictamente el procedimiento antes de llevar a cabo un despido, ya que cualquier error formal puede derivar en su declaración de improcedencia.
Uno de los aspectos clave a tener en cuenta es la audiencia previa al trabajador. Antes de proceder al despido, la empresa debe comunicar por escrito los hechos que se le imputan, otorgándole un plazo de tres días laborables, o el suficiente, para que pueda presentar las alegaciones que considere oportunas.
Una vez recibidas dichas alegaciones, o una vez transcurrido el plazo concedido sin respuesta por parte del trabajador, será cuando la empresa podrá proceder formalmente al despido.
No respetar este trámite, incluso aunque existan causas justificadas y pruebas suficientes, puede provocar que el despido sea declarado improcedente, con las consecuencias económicas que ello conlleva para la empresa.
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